| Mayo 22, 2008
Los derecho a la comunicación y de acceso a la información,
son como dos caras de la misma moneda. Si el Estado controla el
derecho a comunicar que tiene la prensa, el derecho de acceso a
las fuentes de información que tiene la ciudadanía
se ve cercenado, coartado.
La propuesta de mayoría de gobierno establece en uno de sus
artículos que “El Estado controlará la emisión
de publicidad y programas que induzcan a la violencia, la discriminación,
el racismo, la toxicomanía, el comercio sexual, el sexismo,
la intolerancia religiosa o política y todo cuanto afecte
a los derechos fundamentales”.
Si el Presidente de la República, el Presidente de todos
los ecuatorianos, llama idiota a un compatriota que le hace una
pregunta, todos tenemos derecho a conocer semejante muestra de intemperancia,
de soberbia. Pero resulta que según este artículo
mencionado, la difusión de esa noticia que constituye el
más patético ejemplo de la intolerancia política
del actual Presidente de la República, estaría prohibida.
Si esto que Alianza País propone estuviera ya vigente, el
pueblo del Ecuador se hubiera visto privado de su derecho a conocer
la intolerancia política del Presidente. El Estado liberal,
el Estado de libertad ¡NO ADMITE CENSURAS A LA LIBERTAD DE
COMUNICACIÓN PRESIDENTE! Las normas constitucionales no pueden
ser un instrumento para acallar los excesos y los abusos del gobernante.
Por muy todopoderosa que se considere esta asamblea, no puede hacerle
el juego a un Presidente que no respeta a sus propios hermanos migrantes.
Estamos sentando las bases para la defunción de la democracia,
porque una democracia sin derechos no es democracia. Como decía
Montesquieu, “puedo discrepar de lo que dices, pero defenderé
hasta la muerte tu derecho de decirlo”. La primera enmienda
de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe al
Congreso a hacer leyes que coarten la libertad de expresión
o la libertad de prensa.
Y claro, que todo esto se complementa a la perfección con
otra disposición que permite al Estado la supresión
de los servicios públicos de comunicación, cuando
a su solo juicio, esa supresión se fundamente en razones
de interés general.
La comunicación es un derecho. Para los medios y para la
ciudadanía, pero la democracia no se construye únicamente
sobre los derechos, sino sobre otro tipo de cimientos. Estos son
– por ejemplo- el carácter alternativo del gobierno:
si un Presidente pretende perennizarse en el ejercicio del cargo,
se viola la esencia de la democracia porque se viola el carácter
alternativo del gobierno. Si el Congreso sigue eligiendo el presidente
de la República, cuando faltan ambos mandatarios, se viola
el carácter electivo de gobierno y se afecta la democracia.
La comunicación no es la base de la democracia participativa
sino un derecho. Quizás uno de los más importantes
y trascendentes. Pero un derecho fundamental del ciudadano. Tampoco
es “un proceso de construcción social en constante
movimiento”. Si estuviéramos construyendo un tratado
de sociología, quizás sería aceptable una afirmación
como esta. La nueva Constitución de Alianza País estará
llena de enunciados líricos que no sirven en la práctica.
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